El pasado 15 de octubre de 2024, se publicó en el Periodico Oficial del Estado de Quintana Roo, el Decreto número 011 por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley del Notariado para el Estado de Quintana Roo. A continuación se detallan los puntos más destacados:
- Se adiciona un párrafo segundo y un párrafo tercero al artículo 15, a efectos de que las dependencias, entidades y organismos desconcentrados de la administración pública estatal estén exentos del pago de honorarios cuando estos requieran la prestación de servicios notariales para el ejercicio de sus atribuciones;
- Se adiciona un artículo 15 Bis, a efectos de otorgar a la Secretaria de Gobierno atribuciones para autorizar la actuación de los Notarios Públicos fuera de su adscripción;
- Se adiciona un artículo 22 Bis, a efectos de que las personas titulares de las Notarías tengan la obligación de informar a la Unidad de Inteligencia Financiera del Servicio de Administración Tributaria del Estado de Quintana Roo, sobre actos notariales relacionados siguientes: (i) La transmisión o constitución de derechos reales sobre inmuebles; (ii) El otorgamiento de poderes irrevocables para actos de administración o dominio; (iii) La constitución de personas morales, su modificación patrimonial derivada de aumento odisminución de capital social, fusión o escisión, así como la compraventa de acciones y partes sociales de tales personas, (iv) La constitución o modificación de fideicomisos traslativos de dominio o de garantía sobre inmuebles; y (v) El otorgamiento de contratos de mutuo o crédito, con o sin garantía, en los que el acreedor no forme parte del sistema financiero;
La reforma entró en vigor al día siguiente de su publicación en el Periódico Oficial del Estado de Quintana Roo.